Marruecos, culpable de crimen de guerra en el Sáhara Occidental, según un informe del Bundestag alemán
Es una verdadera bomba el documento que la web Por un Sáhara libre acaba de publicar. Un documento del Bundestag, el parlamento alemán, que confirma el crimen de guerra cometido por Marruecos en el Sáhara Occidental.
En efecto, los servicios científicos del Bundestag alemán confirmaron en el informe “Aspectos del derecho internacional en el conflicto en el Sáhara Occidental“, de marzo de 2019, que Marruecos ocupa el Sáhara Occidental y viola la 4ta Convención de Ginebra, a saber, los artículos 85 y 49 y el artículo 8 del Estatuto de Roma, referentes a la transferencia de colonos marroquíes a los territorios ocupados del Sáhara Occidental, lo que constituye un crimen de guerra.
“Por lo tanto, se puede decir que la política de asentamiento del gobierno marroquí de sus propios ciudadanos en la región del Sáhara Occidental viola el Artículo 85 (4) junto con el Artículo 49, párrafo 6 de la IV Convención de Ginebra y, al mismo tiempo , una violación de la prohibición de transferir parte de la población a los territorios ocupados, estandarizada en el Artículo 49, párrafo 6 de la 4ª Convención de Ginebra y también establecida en virtud del derecho consuetudinario”. El informe confirma que también se viola el artículo 8 del Estatuto de Roma:
“Una violación del Artículo 8 (1) lit. b) viii) Alt. 1 del Estatuto de Roma. Este derecho penal internacional penaliza la “transferencia directa o indirecta por parte de la potencia ocupante de parte de su propia población civil al territorio que ocupa “como un crimen de guerra“.
Una responsabilidad penal individual de los tomadores de decisiones marroquíes bajo esta norma solo puede considerarse si el Estatuto de Roma también es aplicable a Marruecos. Marruecos, sin embargo, firmó el Estatuto de Roma en 2000, pero nunca lo ratificó, ya que el Reino alauita es consciente de las violaciones que comete y las consecuencias legales.
Los servicios científicos del Bundestag alemán apoyan a los miembros del Bundestag en su trabajo relacionado con sus mandatos, este informe se ha distribuido y todos los miembros conocen la ley aplicable en el Sáhara Occidental, la ocupación ilegal de Marruecos y las decisiones del Tribunal de Justicia Unión Europea (TJUE), también mencionada en el informe.
Las reglas del TJUE son claras sobre el hecho de que la explotación de los recursos naturales del Sáhara Occidental y su comercialización sin el consentimiento de la población saharaui son ilegales. Sin embargo, varias empresas alemanas llevan a cabo actividades comerciales en los territorios ocupados y se benefician de la explotación de los recursos naturales a expensas de la población saharaui. Una de esas empresas es Siemens (Siemens Gamesa), que participa en los proyectos marroquíes de energía eólica que tienen lugar en esa región.
Un estudio publicado en Berlín por la ONG Facing Finance documenta a 27 empresas que operan en territorios ocupados y anexados (Sáhara Occidental, Crimea y el territorio palestino ocupado) y, por lo tanto, corren el riesgo de apoyar actos que violen el derecho internacional.
El informe identifica a 15 proveedores de servicios financieros alemanes y gestores de activos asociados que otorgan préstamos por valor de 11.800 millones de euros, emiten bonos del orden de 12.400 millones, poseen acciones por valor de 19.000 millones y bonos por valor de mil millones en estas empresas. La provisión de financiación representa aproximadamente el 55% de las relaciones financieras identificadas, lo que demuestra que los proveedores de servicios financieros alemanes no solo se benefician de las actividades comerciales en territorios ocupados y anexados que violan el derecho internacional, sino que también los promueven. Parece que el informe de los servicios científicos del Bundestag alemán no es suficiente para que las empresas alemanas pongan fin a su asociación comercial y su apoyo financiero para la ocupación de Marruecos del Sáhara Occidental.
Las conclusiones del informe no son nuevos, en los Informes de los Países sobre prácticas de derechos humanos para 2018 – Sáhara Occidental [1], la Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo del Departamento de Estado de EE. UU. también confirmó que Marruecos se está comprometiendo y continua con la práctica relacionada con la regla 130 del derecho internacional humanitario: el traslado de la población civil en sí al territorio ocupado, lo que constituye un crimen de guerra.
El informe dice:
“Como incentivo para mudarse al territorio, los trabajadores del sector formal ganaron un 85% más que sus colegas en el Marruecos reconocido internacionalmente. El gobierno también proporcionó subsidios al combustible y eximió a los trabajadores de los impuestos sobre la renta y el valor añadido”.
Se espera que el número de colonos marroquíes aumente aún más, dado el avance de las nuevas construcciones en los territorios ocupados, pero también debido a los incentivos económicos ofrecidos por el gobierno marroquí, como se confirma en el informe del Bundestag y el informe del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
Una característica central de la política marroquí en el Sáhara Occidental ocupado ha sido la adquisición y distribución gradual de tierras a través de diversas medidas, incluida la declaración de “tierras estatales”, la impunidad para la ocupación de viviendas y tierras saharauis por parte de los colonos y el estímulo de actividades económicas en los territorios ocupados.
PUSL ha documentado ampliamente el apartheid social, económico y político sufrido por la población saharaui a lo largo de los años, así como las continuas protestas de los jóvenes saharauis que demandan empleo.
Ley internacional:
Práctica Relacionada con el Artículo 130. Transferencia de la Población Civil Propia para el Territorio Ocupado
Regla RelacionadaI.
I. Tratados
Convención de Ginebra IV
El artículo 49, sexto párrafo de la Convención de Ginebra de 1949, establece:
“La Potencia ocupante no debe deportar o transferir partes de su propia población civil al territorio que ocupa.
“Protocolo Adicional I
El artículo 85 (4) (a) del Protocolo Adicional de 1977 I establece que “la transferencia por la autoridad de las partes de su propia población civil al territorio que ocupa” es una violación grave del Protocolo.
Estatuto del ICC
De conformidad con el artículo 8, apartado 2, letra b), viii, de los estatutos del TPI de 1998, «la transferencia directa o indirecta por la potencia ocupante de las partes de su población civil al territorio que ocupa», un crimen de guerra en conflictos armados internacionales.
II. Otros instrumentos
ILC Proyecto de Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad (1991)
El artículo 22 (2) (b) del Proyecto de Código Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad de 1991 considera “el establecimiento de colonos en un territorio ocupado y cambios en la composición demográfica de un territorio ocupado” como un “crimen de guerra excepcionalmente grave.”
ILC Proyecto de Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la humanidad (1996)
De conformidad con el Artículo 20 (c) (i) del Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la humanidad de la ILC de 1996, “la transferencia por la Fuerza de Ocupación de partes de su propia población civil al territorio que ocupa” es una Crimen de guerra.
Reglamento nº 2000/15 de la UNTAET
El Reglamento nº 2000/15 de la UNTAET establece paneles con jurisdicción exclusiva sobre delitos graves, incluidos los crímenes de guerra. De acuerdo con el Artículo 6 (1) (b) (viii), “la transferencia, directa o indirectamente, por la potencia ocupante de partes de su propia población civil al territorio que ocupa” es un crimen de guerra en los conflictos armados internacionales .
[1]https://www.state.gov/j/drl/rls/hrrpt/humanrightsreport/index.htm?year=2018&dlid=289236#wrapper
[2] Rome Statute of the International Criminal Court, Art. 8(2)(b)(viii).
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